martes, 3 de junio de 2008

EMPRESA GYM








INTRODUCCION
Anteriormente los gimnasios estaban enfocados a los típico culturista que sólo buscaba ganar más masa muscular. Hoy en día, son un espacio para todas aquellas personas que buscan cuidarse y practicar un poco de ejercicio.

HISTORIA DEL GIRO
Antecedentes y beneficios de un gimnasio

En la antigua Grecia el gimnasio era el local destinado a ejercitar tanto las facultades físicas, desarrollando la fuerza y la agilidad, como las morales, cultivando la inteligencia.
En los antiguos gimnasios, los ejercicios más importantes que se efectuaban eran: Carrera, lanzamiento de disco, salto, lucha, pugilato, pancracio pentatlón y danza .
Posteriormente la finalidad de estos centros cambió, hasta hace algunas décadas el gimnasio estaba enfocado solamente en aumentar la resistencia o capacidad muscular de la persona; sus técnicas estaban más encaminadas al fisicoculturismo y al engrosamiento de los músculos, ya participaban las mujeres pero sólo algunas resistían las fuertes rutinas.

Luego y con la finalidad de atraer al sexo femenino, se dio pie a la creación de áreas dentro de los gimnasios donde se combina la gimnasia y el acondicionamiento mediante el uso de rutinas acompañadas de música para amenizar las clases, y mediante el uso de aparatos que lejos de "marcar los músculos" ayudaba a moldear el cuerpo y quemar grasa principalmente.
Esta nueva área de aerobics en los gimnasios eran practicados inicialmente por mujeres en su mayoría, quienes encontraban en las rutinas un escape al estrés y a los trabajos cotidianos, posteriormente se fueron incorporando los hombres, ya que encuentran en este ejercicio un relajante, un deporte ameno y que requiere de mucha coordinación.
Al paso del tiempo las academias de deporte se fueron especializando con las rutinas de aerobics más usadas en Europa y Estados Unidos.
De esta forma, rutinas, instructores y aparatos especiales como bicicletas fijas, caminadoras, aparatos de alto pesaje y escaladoras se fueron introduciendo en el país hasta conformar, complentar e independizar a los gimnasios
En la actualidad estos centros ofrecen además de las actividades comunes, otras enfocadas al relajamiento, de tal manera que el cliente alcance la salud física y mental.
Beneficios que proporciona un gimnasio
· Es un lugar donde el cliente puede relacionarse con otras personas, a la vez que mantienen un programa de mejoramiento físico.
· La persona puede acudir cuando tenga la oportunidad.
· Se recibe una atención personalizada.

ESTUDIO DE MERCADO
En nuestra sociedad el tener una buena apariencia física toma cada vez más importancia, sin embargo hoy en día el asistir continuamente a un gimnasio para lograrlo, va más allá de la vanidad de las personas; ya que estan más concientes de que el ejercicio es una forma de prevenir enfermedades. Numerosos estudios han demostrado que las personas que se ejercitan por lo menos tres veces por semana, tienen menos posibilidades de desarrollar enfermedades coronarias.
El tener un cuerpo esbelto, tonificado pero además sano, es pues una prioriodad para muchas personas, y también una excelente oportunidad de negocio para el emprendedor, ya que el mercado está muy receptivo y hay mucho potencial de crecimiento futuro.

OPERACIONES
Inversión y equipo para abrir un gimnasio
De manera independiente o por medio de una franquicia nacional o extranjera, el abrir un gimnasio requiere de una inversión que va de 100 mil a 300 mil pesos, dependiendo del tamaño y número de productos y sin contemplar renta del local. Y de 200 mil pesos a 500 mil dolares respectivamente.
El negocio de los gimnasios para aerobics es bueno y rentable, pero la inversión debe estar respaldada por un estudio de mercado, para no caer en errores de logística a la hora de escoger su ubicación.
Que se necesita para montar un gimnasio
Ubicación:
Para abrir un negocio, es necesario primero conocer el entorno en el que se quiere instalar: la competencia, los costos, la capacidad adquisitiva de los clientes y sus necesidades.
Los conocedores en la materia recomiendan ubicar los gimnasios en zonas de alta concentración poblacional, preferiblemente cercanos a grandes complejos de oficinas. Esto facilitará a la clientela escoger el horario más conveniente para ejercitarse: antes de entrar al trabajo, previo al almuerzo o al concluir su jornada. Otros expertos creen que hay demanda en sitios ubicados cerca de urbanizaciones de clase media alta, lo que tiene sus ventajas para el usuario, tanto en los días laborables como los fines de semana.
Terreno
El espacio sugerido es de 240 m2 en adelante. La compra o renta del lugar se considera gran parte de la inversión. Asi también se tiene que tomar en cuenta los gastos de remodelación, de tal manera que se logre ampliarlo para aprovechar más las dimensiones, ya que hoy en día los centros reducen cada vez más la importancia de la zona de musculación por la cardiovascular, que ocupa más de la mitad del local.
Una vez que se tiene el lugar, éste se debe distribuir en varios salones bien iluminados y ventilados con capacidad para más o menos 20 a 30 personas por clase. Los salones deben tener piso de duela y alfombra para las diferentes actividades, asi como espejos y barras metálicas alrededor. De igual manera el gimnasio debe contar con recepción, almacén, el área de vestidores para hombres y mujeres, sanitarios y regaderas.
El color del lugar debe ser de tonos relajantes o pastel para no lastimar la vista del cliente.
Equipo
El equipo adecuado para las actividades contempla:
· Mancuernas.
· Pesas.
· Sillas para abdominales.
· Barras.
· Discos de distintos pesos.
· Caminadoras.
· Bicicletas fijas.
· Escaladoras.
· Equipos de sonido (grabadora y bocinas o estéreo).
· Báscula
· Camas de bench press.
Desde luego que lo ideal es adquirir el equipo de contado, pero existe la posibilidad de obtenerlos por medio de algún tipo de crédito. Además se requiere:
· Mobiliario y equipo de oficina.
· Equipo de cómputo para registro de usuarios.
· Impresora para registrar el pago de usuarios.
· Lockers de metal.
· Candados.
Personal
Puede comenzar con dos instructores.
La gente a cargo del gimnasio debe estar muy bien preparada pero también muy conciente de dar un trato personalizado, de tal manera que pueda estar al pendiente de las necesidades de cada cliente, acercarse a ellos para conocer sus deseos y preguntarles constantemente cómo se sienten.
El instructor se debe encargar de impartir las rutinas con base en el nivel de las personas (principiantes, intermedios o avanzados), sus necesidades y limitantes físicas.
No se debe olvidar dar un trato cordial y estar en capacitación constante, ya que un mal instructor es garantía del fracaso.
Como elegir el personal adecuado
El empleado para este puesto debe conocer la técnica, tener fundamentos básicos de los aspectos teóricos de entrenamiento, saber los procesos que conforman la estructura del movimiento, tener conocimientos sobre la elaboración de rutinas y aerobics.

MARCO LEGAL

1.-TRÁMITES DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD
-Certificado Negativo del Nombre
Es una certificación acreditativa de que el nombre elegido para la sociedad no coincide con el de otra existente.
Documentos a presentar: Instancia oficial con los nombres elegidos (un máximo de tres por orden de preferencia).
Plazo: Antes de ir al notario. La Validez del nombre concedido es de 3 meses (Real Decreto 158/2008). Pasado este plazo debe renovarse.
Lugar: Registro Mercantil Central (en Madrid C/Príncipe de Vergara 94).
-Apertura de cuenta bancaria a nombre de la sociedad
Una vez tengamos el certificado de denominación, debe acudir a una entidad bancaria para abrir una cuenta a nombre de la "sociedad en constitución", ingresando el capital mínimo inicial de la sociedad (recuerda, 3.006 Euros en la limitada -íntegramente desembolsado- y 60.101 Euros en la anónima -desembolsado al menos el 25%-). El banco entregará un certificado que habrá que presentar al Notario. Con posterioridad, puede utilizarse el dinero ingresado.
-Elaboración de los Estatutos y Escritura de Constitución
Los estatutos son las normas que van a regir la sociedad (nombre, objeto social, capital social, domicilio social, régimen de participación de cada socio...). Es recomendable ponerse en manos de un abogado para que los redacte, o bien contactar con la Notaria. A continuación tenéis que pasar por el notario para firmar la escritura de constitución de la sociedad, es tal vez el trámite más caro pero sin el no es posible inscribir la sociedad en el Registro Mercantil. Es necesario presentar:
El certificado de denominación del Registro Mercantil Central
El certificado bancario
Los Estatutos Sociales, si los llevamos nosotros y no los hace la Notaría
D.N.I de todos los socios
* Ver modelo de estatutos
-Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales
Es un impuesto que grava la constitución, aumento de capital, fusión, transformación o disolución de una sociedad. Tendréis que pagar el 1% del capital inicial que pongáis en los estatutos.
Documentos a presentar: Impreso modelo 600, primera copia y copia simple de la escritura de constitución, fotocopia del CIF provisional (por lo que antes has debido pasarte por hacienda a solicitar el CIF provisional).
Lugar: Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma correspondiente.
Plazo: 30 días hábiles a partir del otorgamiento de la escritura.
-Inscripción en el Registro Mercantil
La Sociedad Anónima debe presentarse a inscripción en el plazo de 1 mes desde el otorgamiento de la escritura de constitución por el notario, y la limitada en el de 2 meses. El Registro Mercantil será el correspondiente al domicilio social que se hayan fijado en los Estatutos (direcciones de los Registros Mercantiles).
Para realizar la inscripción, hay que presentar:
Certificado de denominación del Registro Mercantil Central
Primera copia de la Escritura
Ejemplares del modelo 600 (ITP) abonado anteriormente
Habrá que pagar una provisión de fondos al hacer la entrega, y el resto cuando se retire. Lo normal es que soliciten un teléfono o fax para comunicar cuando se puede retirar (dependerá del Registro).
Una vez inscrita, la sociedad adquiere personalidad jurídica.
* Más información sobre los trámites en el Registro Mercantil
2.-TRÁMITES EN HACIENDA
-Solicitud del Código de Identificación Fiscal (CIF)
Sirve para identificar a la sociedad a efectos fiscales, a diferencia del empresario individual que se identifica con su NIF. En un principio se otorga un CIF provisional para empezar a funcionar, debiendo canjearlo por el definitivo en un plazo de 6 meses.
Documentos a presentar: Impreso modelo 036, copia simple de la escritura de constitución, fotocopia del DNI del solicitante si es un socio o fotocopia del poder notarial si es un apoderado.
Plazo: 30 días a partir del otorgamiento de la escritura. Luego hay 6 meses para retirar el CIF definitivo.
Lugar: Administración o Delegación de la Agencia Estatal de la Admón. Tributaria correspondiente al domicilio fiscal de la sociedad.
-Alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE)
Es un tributo de carácter local, que grava el ejercicio de actividades empresariales, profesionales o artísticas, se ejerzan o no en local. Es obligatorio para toda sociedad, empresario o profesional. Se presentarán tantas altas como actividades se vayan a ejercer. A partir del 1 de enero de 2003, están exentos del pago de este impuesto, las personas físicas, las sociedades civiles y sociedades mercantiles, que tengan un importe neto de la cifra de negocios inferior a 1.000.000 de euros. La declaración de alta, modificación y baja del IAE, en caso de sujetos pasivos que estén exentos del mismo por todas las actividades que desarrollen, se llevará a cabo a través del modelo 036 (Declaración Censal). En caso de que cualquiera de sus actividades tribute en el IAE presentará el modelo 840.
Documentos a presentar: Si está exento de pago, se hará a través del modelo 036 de Declaración Censal. En otro caso, debe presentarse el Modelo oficial 840 debidamente cumplimentado, DNI para el empresario individual, CIF para Sociedades, NIF para el apoderado
Plazo: 10 días hábiles antes del inicio de la actividad
Lugar: Administración o Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al lugar en que se ejerza la actividad.
Gastos: Dependen de la actividad a realizar. Las tarifas se aprobaron por Reales Decretos Legislativos 1175/1990, de 28 de Septiembre y 1259/1991, de 2 de agosto.
* Más información sobre el Impuesto de Actividades Económicas
-Declaración censal (IVA)
Es la declaración de comienzo, modificación o cese de actividad, que han de presentar a efectos fiscales los empresarios, los profesionales y otros obligados tributarios
Documentos a presentar: Modelo oficial 036, DNI o CIF (para sociedades) y Alta en el IAE
Plazo: Antes del inicio de la actividad.
Lugar: Administración de Hacienda o Delegación correspondiente al domicilio fiscal de la empresa.
* Más información sobre la Declaración Censal
3.-TRÁMITES EN Mº TRABAJO
-Afiliación y alta en el Régimen de Autónomos
Es un régimen especial de la Seguridad Social obligatorio para trabajadores por cuenta propia y para los socios trabajadores de sociedades civiles y mercantiles, que dependiendo de los casos deben darse de alta en este régimen o en el General (ver ¿En que régimen tengo que darme de alta? ).
Documentos a presentar: Documento de afiliación, Parte de lata de asistencia sanitaria, Parte de alta de cotización por cuadriplicado, Fotocopia del alta en el IAE, Fotocopia del DNI para el empresario individual y del contrato y CIF si se trata de una sociedad, en el caso de tratarse de un profesional Colegiado, certificado del colegio correspondiente.
Plazo: 30 días naturales siguientes al inicio de la actividad. No obstante, el alta causará efectos a partir del día 1 del mes en que se inicie la actividad (si la actividad se inicia el 15 de enero y el alta se presenta el 10 de febrero debe pagarse desde el 1 de enero).
Lugar: Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente.
Gastos: Vea la cuantía para este año
-Solicitud del número de patronal
Sólo debe hacerse cuando va a contratarse algún trabajador (si usted lo va a hacer pulse ¿Que debo hacer para contratar un trabajador? ). De esta manera se inscribe la empresa en la seguridad social que asigna al empresario un Código de cuenta de cotización principal. Dicha inscripción será única y válida para toda la vida de la persona física o jurídica titular de la empresa.
Documentos a presentar: Impreso de inscripción de empresas por triplicado, DNI del titular o copia de la escritura de constitución, contrato de asociación o Mutua de accidentes de trabajo hacer constar el sector laboral de la empresa, impresos de alta del trabajador contratado y alta en el IAE
Plazo: Antes de que el trabajador comience su actividad
Lugar: Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente al domicilio de la empresa.
-Comunicación de Apertura del centro de trabajo
Deben realizarla aquellas empresas que procedan a la apertura de un nuevo centro de trabajo o reanuden la actividad después de efectuar alteraciones, ampliaciones o transformaciones de importancia.
Documentos a presentar: Modelo oficial por cuadruplicado con los datos de la empresa, datos del centro de trabajo, datos de la plantilla, datos de la actividad que se desarrolla.
Plazo: 30 días siguientes al inicio o reanudación de la actividad.
Lugar: Dirección Provincial de Trabajo, Seguridad Social y Asuntos Sociales.
-Solicitud del Libro de Visita
El libro de Visita es obligatorio para todas las empresas aunque no tengan trabajadores a su cargo y debe presentarse ante una posible Inspección de Trabajo. Debe tenerse uno por cada centro de trabajo.
Plazo: Antes de empezar la actividad y de contratar trabajadores
Lugar: Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social.
4.-TRÁMITES EN AYUNTAMIENTO
Los siguientes pasos son necesarios si va a abrir un local, va a hacer obras en él o si hay un cambio de titularidad o actividad. Si no estás en estos casos no son necesarios. Sin embargo si vas a abrir un local es importante que como paso previo a todo lo comentado empieces consultando al Ayuntamiento sobre las posibilidades de que el local que tienes pensado pueda albergar el negocio deseado. ¿De que te valdría comprar o alquilar el local si luego no puedes poner el negocio que pensabas?.
-Licencia de actividades e instalaciones (Apertura)
Es una licencia municipal que acredita la adecuación de las instalaciones proyectadas a la normativa urbanística vigente y a la reglamentación técnica que pueda serle aplicable. Sólo debe solicitarse cuando va a abrirse un local.
Las actividades se dividen en Inocuas (aquellas que no producen molestias ni daños y que son más fáciles de conseguir y más baratas) y Calificadas (aquellas que pueden resultar molestas, insalubres, nocivas y peligrosas, y que por lo tanto son más difíciles de conseguir y más caras)
Documentos a presentar: Impreso normalizado, Alta en el IAE, Contrato de arrendamiento o escritura de propiedad del local, DNI del solicitante o escritura de sociedad y CIF, Memoria descriptiva de la actividad y del local, Planos de planta y sección del local, Plano o croquis de la situación del local, Presupuesto de las instalaciones. Además si la actividad es Calificada será necesario un Proyecto de las instalaciones firmado por Técnico competente, visado por el Colegio Profesional correspondiente y con Dirección facultativa, que incluya: Planos, Presupuesto y Memoria. Una vez concedida la licencia de apertura, las actividades calificadas deben solicitar la Licencia de Funcionamiento.
Plazo: Antes de abrir el local. Una vez concedida la actividad debe comenzar dentro de los 6 meses siguientes a la concesión de la licencia.
Lugar: Junta Municipal de Distrito o Gerencia Municipal de Urbanismo. Ayuntamiento.
-Licencia de obras
Es la necesaria para efectuar cualquier tipo de obras en un local, nave o establecimiento. Por lo tanto si no se va a abrir local o no se van a hacer obras, no será necesaria. En determinados municipios, como es el caso de Madrid capital, la realización de obras de acondicionamiento menor de locales, que no afecten a la estructura, distribución ni aspecto exterior de los mismos, no están sujetas a a la obtención de Licencia de Obras. Bastará una comunicación previa, junto con la presentación de los siguientes documentos: Planos de situación, descripción de las obras y valoración de las mismas.
Documentos a presentar: Impreso normalizado, presupuesto de las obras, planos de planta, alzado y sección acotados y a escala, del estado actual y del reformado, Memoria descriptiva de las obras, Plano parcelario de la finca. Si las obras afectan a la estructura del local se presentará Proyecto firmado por Técnico Competente, visado por el Colegio Profesional correspondiente y con Dirección facultativa que incluya; Planos, Presupuesto y Memoria.
Plazo: Antes de realizar las obras. Una vez concedida la licencia las obras pueden ejecutarse hasta 6 meses después de la fecha de concesión.
Lugar: Junta Municipal de Distrito o Gerencia Municipal de Urbanismo. Ayuntamiento.
-Cambio de titularidad de un negocio
La titularidad de un negocio, con licencia de apertura concedida, puede cambiarse mediante un acto comunicado, siempre y cuando el mismo se halle en funcionamiento o lo haya estado en los seis meses anteriores a la fecha en que se pretende realizar el cambio.
Documentos a presentar: Licencia de apertura en vigor o certificado de exhortos, DNI del solicitante o escritura de constitución y CIF para sociedades, Documento de transmisión o conformidad con el anterior titular.
Plazo: Antes de empezar la actividad el nuevo titular. La actividad de este debe comenzar dentro de los seis meses siguientes al cambio de titularidad.
Lugar: Junta Municipal de Distrito o Gerencia Municipal de Urbanismo. Ayuntamiento.
-Cambio de actividad (sólo para actividades inocuas)
La posibilidad de cambiar de actividad (de una actividad inocua a otra) mediante un acto comunicado, dependerá de la reglamentación de cada Ayuntamiento.
Documentos a presentar: Impreso normalizado, Licencia de apertura en vigor o certificado de exhortos, DNI del solicitante o escritura de constitución y CIF para sociedades, Plano o croquis de situación, Planos de planta y sección del local, Memoria descriptiva de la nueva actividad y del local, Presupuesto de las instalaciones.
Plazo: Antes de empezar la nueva actividad. Debe comenzar dentro de los seis meses siguientes al cambio de actividad.
Lugar: Junta Municipal de Distrito o Gerencia Municipal de Urbanismo. Ayuntamiento.










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